Sociedad comanditaria por acciones: características y beneficios

En la clase de hoy vamos a hablar de la sociedad comunitaria por acciones, la cual guarda semejanza con la sociedad comunitaria simple que ya hemos estudiado previamente. En ambas, existen socios colectivos y socios comunitarios. Los socios colectivos son aquellos que aportan tanto trabajo como capital a la empresa, mientras que los socios comunitarios son aquellos que no trabajan en la empresa pero sí aportan capital.

Características de la sociedad comunitaria por acciones

En este tipo de sociedad, el capital se divide en acciones. La sociedad comunitaria por acciones es ideal cuando varios socios desean formar una empresa, como un bufete de abogados, pero necesitan que otras personas, que no sean abogados ni trabajen en la empresa, aporten una cantidad significativa de capital.

El requisito mínimo para establecer este tipo de sociedad es tener al menos dos socios: uno colectivo y otro comunitario. Sin estos dos tipos de socios, la sociedad no tendría sentido.

Responsabilidad de los socios

En cuanto a la responsabilidad, los socios colectivos, aquellos que trabajan en la empresa y la gestionan, tienen responsabilidad ilimitada, lo que significa que responden con su patrimonio presente y futuro. Por otro lado, los socios comunitarios, que únicamente aportan capital, tienen responsabilidad limitada, ya que no participan en la toma de decisiones diarias de la empresa.

El capital mínimo requerido para iniciar esta sociedad es de 60.000 euros, que debe estar totalmente suscrito, es decir, que al menos un socio debe comprometerse a aportar esa cantidad de dinero. Además, el 25% del capital debe estar desembolsado, lo que significa que ese dinero ya debe haber sido pagado por adelantado.

Transmisión de acciones y impuestos

La transmisión de acciones en este tipo de sociedad es completamente libre. Si has invertido dinero para adquirir una acción, puedes venderla a quien desees sin restricciones.

En cuanto a los impuestos, las sociedades comunitarias por acciones están sujetas al régimen fiscal habitual para estas sociedades, conocido como “mercantil”.

Resumen de la información

A continuación, presentamos un resumen de la información presentada en este artículo:

Características de la sociedad comunitaria por acciones Requisitos Responsabilidad Capital mínimo Transmisión de acciones Impuestos
Mínimo 2 socios: colectivo y comunitario Socios colectivos: responsabilidad ilimitada
Socios comunitarios: responsabilidad limitada
60.000 euros (100% suscrito y 25% desembolsado) Libre Sujetas al régimen fiscal mercantil

Preguntas frecuentes

A continuación, respondemos algunas preguntas frecuentes sobre la sociedad comunitaria por acciones:

1. ¿Cuántos socios se requieren?
La sociedad comunitaria por acciones requiere al menos dos socios: uno colectivo y otro comunitario.

2. ¿Cuál es la responsabilidad de los socios?
Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada, mientras que los socios comunitarios tienen responsabilidad limitada.

3. ¿Cuál es el capital mínimo requerido?
El capital mínimo requerido es de 60.000 euros, que debe estar 100% suscrito y con un 25% desembolsado.

4. ¿Puedo vender mis acciones a cualquier persona?
Sí, la transmisión de acciones en este tipo de sociedad es libre.

5. ¿Qué impuestos se aplican a esta sociedad?
Las sociedades comunitarias por acciones están sujetas al régimen fiscal mercantil.

Esperamos que esta información te haya sido útil. Si deseas profundizar en el tema, te recomendamos explorar nuestros artículos relacionados. ¡Hasta la próxima!