Sociedad laboral: características y beneficios
En el artículo de hoy vamos a comenzar hablando sobre las sociedades de interés social. Es importante destacar que en este tipo de sociedades, los propios trabajadores son los socios o dueños de la empresa, lo cual les permite tomar decisiones y participar en la toma de decisiones. Estas sociedades son especialmente interesantes para el Estado, ya que los beneficios generados por la empresa se reparten entre todos los trabajadores, lo que contribuye a una mayor igualdad en la distribución de la renta.
Sociedades Laborales
La primera de estas sociedades que vamos a explorar son las sociedades laborales. Como ya hemos mencionado, en estas sociedades los trabajadores son dueños de la empresa. El capital social puede estar dividido en acciones o participaciones, lo que dará lugar a una sociedad anónima laboral o a una sociedad limitada laboral, respectivamente. Estas acciones o participaciones pueden ser de dos tipos: clase laboral, destinadas a los socios trabajadores de la empresa, y clase general, dirigidas a personas externas que deseen aportar capital. Es decir, no todos los trabajadores necesariamente tienen que ser socios, ni todos los socios tienen que ser trabajadores.
Este tipo de empresa es ideal en situaciones en las que los propios trabajadores quieren controlar la empresa. Por ejemplo, supongamos que tú, yo y otras 40 personas hemos estado trabajando durante 10 años en una empresa, y de repente, esta empresa se declara en quiebra. Dado que llevamos mucho tiempo trabajando en ella, podríamos proponernos aportar capital y convertirla en una sociedad laboral.
Debido al interés del Estado en que los trabajadores sean socios, existen una serie de requisitos para este tipo de sociedades. El primero de ellos es que al menos el 51% de las participaciones o acciones debe estar en manos de trabajadores con contrato indefinido. Esto significa que, si nuestra empresa cuenta con 4 trabajadores, al menos 2 de ellos deberían ser socios; y si cuenta con 100 trabajadores, al menos 51 de ellos deberían ser socios. Además, una persona como máximo puede poseer un tercio del total de participaciones, con el objetivo de fomentar la distribución entre el mayor número posible de trabajadores. Asimismo, en las empresas laborales donde existen otros trabajadores con contrato indefinido, se establece que estos no pueden superar el 49% del total de horas trabajadas.
En cuanto a las características legales, se requiere un mínimo de dos socios para constituir una sociedad laboral y la responsabilidad de los socios siempre será limitada, es decir, su responsabilidad estará limitada al capital aportado. Esto es similar a lo que ocurre en una sociedad anónima.
En lo que respecta a la transmisión de acciones o participaciones, esta se encuentra restringida. Por ejemplo, si un socio trabajador desea abandonar la sociedad, tendrá prioridad aquellos trabajadores con contrato indefinido que aún no sean socios. Si estos no están interesados, los socios trabajadores tendrán derecho a adquirir las acciones o participaciones. Por último, si los socios trabajadores tampoco están interesados, aquellos que pertenezcan a la clase general (personas externas) tendrán derecho a adquirirlas.
En cuanto a los impuestos, al igual que en todas las sociedades, deberán pagar el Impuesto de Sociedades.
Resumen de las características de las sociedades laborales:
Tipo de Sociedad | Capital Mínimo | Requisitos | Transmisión de Acciones o Participaciones |
---|---|---|---|
Sociedad Anónima Laboral | 60,000 euros | 51% de participaciones en manos de socios trabajadores con contrato indefinido | Restringida, prioridad a trabajadores indefinidos y luego a socios trabajadores y de clase general |
Sociedad Limitada Laboral | 3,000 euros | 51% de participaciones en manos de socios trabajadores con contrato indefinido | Restringida, prioridad a trabajadores indefinidos y luego a socios trabajadores y de clase general |
Preguntas Frecuentes
1. ¿Cuál es la diferencia entre una sociedad anónima laboral y una sociedad limitada laboral?
La principal diferencia radica en la forma legal que adquieren, la sociedad anónima laboral se divide en acciones mientras que la sociedad limitada laboral se divide en participaciones.
2. ¿Puedo ser socio de una sociedad laboral si no soy empleado de la empresa?
Sí, puedes ser socio de una sociedad laboral si no trabajas en la empresa. En este caso, serías un socio de clase general.
3. ¿Cuál es el impuesto que deben pagar las sociedades laborales?
Las sociedades laborales deben pagar el Impuesto de Sociedades, al igual que otras sociedades.
4. ¿Cuál es el objetivo del Estado al fomentar las sociedades laborales?
El objetivo del Estado al promover las sociedades laborales es incentivar la participación de los trabajadores en la propiedad y gestión de las empresas, así como fomentar una distribución más equitativa de la renta generada.
Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad para comprender mejor las sociedades laborales. En nuestro próximo artículo, exploraremos otro tipo de sociedad de interés social: las cooperativas. ¡Nos vemos en el siguiente día!
Artículos relacionados:
- Sociedades de interés social: Cooperativas
- Beneficios de la participación de los trabajadores en la propiedad de la empresa
- El Impuesto de Sociedades y sus implicaciones en las sociedades laborales
Fuentes:
- Econosublime
- Javier Lengua
- TurboMemory
- David Fuentes
- MX eme equis
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