Modificaciones a las oposiciones de Educación en España

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En este artículo vamos a hablar sobre el reciente decreto publicado el 13 de abril de 2022 en el Boletín Oficial del Estado, el cual modifica el actual decreto de acceso a las oposiciones. El objetivo principal de este nuevo decreto es reducir el número de interinos por debajo del 8% en las diferentes administraciones educativas.

Índice
  1. Modificaciones en las Oposiciones
  2. Tipos de Plazas
  3. Resumen de las modificaciones:
  4. Preguntas frecuentes

Modificaciones en las Oposiciones

En la introducción de este decreto se menciona que actualmente la media de interinos en las administraciones educativas es del 23%, lo que indica que hay margen para mejorar. En lugar de establecer una forma homogénea de desarrollo de las oposiciones, se establecerán tres maneras de acceder a las plazas que se convoquen.

Tipos de Plazas

La primera categoría de plazas se denomina "Plazas de estabilización de empleo", las cuales se dividen en dos subcategorías: "Plazas de larga duración" y "Plazas de estabilización de empleo no consideradas de larga duración". Las plazas de larga duración son aquellas que han estado cubiertas de manera ininterrumpida antes del 1 de enero de 2016. El acceso a estas plazas se realizará mediante un concurso de méritos, priorizando a aquellos candidatos con una puntuación alta debido a su experiencia laboral.

En el baremo de méritos se establece un máximo de 15 puntos que se pueden obtener. Es importante destacar que las comunidades autónomas deberán hacer una oferta de empleo única y especificar las vacantes antes del 1 de junio de 2022. De esta manera, podremos conocer cuántas plazas se estarán ofreciendo a través de este acceso.

En la segunda categoría de plazas de estabilización de empleo, no se requiere que sean de larga duración. Las administraciones educativas, incluyendo las comunidades autónomas y el Ministerio de Educación para Ceuta y Melilla, deberán determinar estas plazas en la oferta de empleo público. En este caso, se establecerá una nueva forma de oposición que constará de dos ejercicios no eliminatorios. El primer ejercicio será un examen teórico, mientras que el segundo consistirá en la elaboración y defensa de una unidad relacionada con la especialidad. Las comunidades autónomas tendrán libertad para establecer los tiempos y podrán incluir una prueba práctica en las especialidades de la formación profesional.

Por último, existirá una tercera categoría de plazas que se denominan "Plazas de tasa de reposición". Estas plazas seguirán convocándose mediante la misma forma de oposición establecida en el Real Decreto 276/2007. En este caso, las personas que no tengan experiencia docente en la enseñanza pública competirán principalmente por estas plazas.

Resumen de las modificaciones:

CategoríaAccesoEjerciciosValoración
Plazas de estabilización de empleo - Larga duraciónConcurso de méritos------
Plazas de estabilización de empleo - No larga duraciónExamen teórico y prueba práctica (opcional)2 ejercicios no eliminatoriosMedia entre ambos ejercicios
Plazas de tasa de reposiciónMisma forma de oposición actual------

Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo se determinará la oferta de empleo público y las vacantes?

Las administraciones educativas, incluyendo las comunidades autónomas y el Ministerio de Educación, deberán determinar la oferta de empleo y las vacantes en su correspondiente ámbito antes del 1 de junio de 2022.

2. ¿Cuál es la diferencia entre las plazas de larga duración y las de estabilización de empleo no consideradas de larga duración?

Las plazas de larga duración son aquellas que han estado cubiertas ininterrumpidamente antes del 1 de enero de 2016. Por otro lado, las plazas de estabilización de empleo no consideradas de larga duración no tienen este requisito temporal.

3. ¿Serán eliminatorios los ejercicios en la nueva forma de oposición para las plazas de estabilización de empleo no consideradas de larga duración?

No, ninguno de los dos ejercicios será eliminatorio. Se calculará la media entre el examen escrito y la segunda prueba pedagógica y práctica, y ninguna de las dos podrá valer menos de un 40%.

4. ¿Se otorga algún punto adicional a quienes tienen experiencia en la enseñanza privada?

En el baremo de méritos de las plazas de estabilización de empleo no consideradas de larga duración, se ha reducido el valor que se otorga a aquellos que tienen experiencia en la enseñanza privada. Ahora, se otorga solo 0.10 puntos por año trabajado en la enseñanza privada.

Esperamos que esta información sea de utilidad y estaremos lanzando sesiones informativas a finales del mes de abril para brindar más detalles. Agradecemos su atención y los invitamos a explorar nuestros artículos relacionados.

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